El seguro de caución y el aval bancario son herramientas que sirven como garantía financiera ante terceros. Normalmente, se recurre a ellos en situaciones concretas que exigen la presentación de garantías por una de las partes implicadas en la celebración de un acuerdo o contrato.
En líneas generales, son medios muy utilizados por las empresas cuando hablamos de contratos para adjudicaciones de obra o servicio público, procedimientos judiciales, acuerdos entre privados, contratos con organismos públicos, etc.
Aunque el seguro y el aval son recursos distintos, cumplen la misma función: asegurar a una de las partes el pago de deudas o indemnizaciones en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales.
Sin embargo, a pesar de perseguir la misma finalidad, existen multitud de diferencias entre ambos. ¿Quiere saber cuáles son estas diferencias y cómo aventajan a los seguros de caución por encima del aval bancario? Se lo contamos a continuación.
Diferencias entre seguro de caución y aval bancario
- El seguro de caución es emitido por una aseguradora y el aval por una entidad bancaria.
- Por lo general, el aval bancario supone un coste mayor que el seguro pues conlleva gastos de apertura, estudio y cancelación. Además, el coste del aval depende del importe al avalar y el del seguro es una prima fija anual.
- Las condiciones que ofrece una aseguradora suelen ser más flexibles que las que brinda un banco.
- A diferencia del aval bancario, el seguro de caución no implica la inmovilización de fondos o la pignoración de algún otro bien.
- La contratación de un seguro de caución no computa en el CIRBE y el aval sí.
Sin duda, los seguros de caución se constituyen como la alternativa perfecta al aval bancario. De hecho, en multitud de ocasiones se considera una opción incluso más acertada por las prestaciones que ofrecen los seguros de caución frente al aval bancario.
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