Los seguros de caución y garantías judiciales ha sido creado para cubrir a empresarios en sus procesos judiciales. A menudo, los empresarios se ven inmersos en conflictos con sus empleados, sus clientes, sus proveedores, sus socios, etc. Estos conflictos pueden acaban en el juzgado, con la posibilidad de que sea resuelto a favor de los acreedores, lo que implica perder más tiempo y dinero, y no siempre se está de acuerdo con la resolución del juicio, o se tienen medios para hacer frente a la obligación económica que se contrae.
Por ello, la administración judicial requiere un seguro de caución judicial para asegurar que se cumplen cualesquiera que sean las responsabilidades que se deriven del proceso judicial.
Seguros de caución y garantías judiciales
Los seguros de caución y garantías judiciales permiten a los empresarios demandantes del seguro garantizar sus obligaciones procesuales.
Se emplean para costear aquellos costes, créditos pendientes, multas y perjuicios derivados del incumplimiento de los acuerdos entre las partes.
Se aplican en toda situación en la que un juez ordene una garantía propia del derecho privado, en los casos en que el juez o autoridad competente haya ordenado la traba de una medida cautelar, o bien la constitución de una contracautela, según el tipo de cobertura que corresponda. A saber:
– Contracautela: es la garantía que debe prestar quien ha solicitado la traba de una medida cautelar para garantizar los daños y perjuicios que pudiera ocasionar en caso de haberla pedido sin derecho.
– Sustitución de Medidas Cautelares: mediante esta póliza puede sustituirse la medida cautelar sufrida por el demandado en un juicio, liberando de esta manera el patrimonio afectado por dicha medida.
Los seguros de caución y garantías judiciales son necesarios para recurrir, por ejemplo:
- Sanciones por competencia
- Sentencias por despidos laborales
- Sanciones tributarias
- Sentencias condenatorias con proveedores o clientes
- Garantías ante los juzgados para ejecuciones provisionales
- Recursos de reposición, de alzada y contencioso-administrativo
- Actas de disconformidad en el pago de impuestos
- Recursos ante la Hacienda pública o municipal por apelar las liquidaciones efectuadas ante disconforme de éstas
- Recursos contencioso-administrativos de los tribunales